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Ley de la Segunda Oportunidad

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¿Qué es la ley de la segunda oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad España es una ley que protege al deudor, persona física o autónomo desde el año 2015. El objetivo principal es que aquellos que se encuentran en estado de insolvencia no queden fuera del sistema. Es decir, que tengan la posibilidad de volver a comenzar sin acumular sus deudas eternamente.

Se trata de un procedimiento que se equipara al conocido concurso de acreedores muy utilizado en las empresas. Las personas físicas que se adhieran deberán transitar por las diferentes fases: acuerdo extrajudicial, concurso de acreedores, fase de liquidación y solicitud de la exoneración de sus deudas.

Una de las grandes ventajas de esta nueva ley es que, desde el momento de presentación, se paralizan todas las medidas ejecutivas. Por lo tanto, se otorga a los deudores un tiempo en el que no sumarán intereses y tendrán la tranquilidad de no ser embargados.

Las fases del proceso

El proceso consta de tres instancias. En la primera se intenta una renegociación de la deuda por la vía extrajudicial. Si no hay acuerdo, se procede a la petición ante las autoridades correspondientes, de la exoneración de la misma. En caso de ser aceptada la petición, hay un período en el que se realiza un control económico y la medida puede estar sujeta a revisión.

Posibles beneficiarios de la Ley de la Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad está destinada a personas particulares y autónomos, personas físicas, consumidores en general y familias con exceso de deudas. Hasta el año 2015 en que se puso en vigor, estas personas debían afrontar sus deudas con su patrimonio actual y futuro. Afortunadamente, ya hay una solución muy efectiva para personas y familias.

A partir de la nueva Ley, estos colectivos tienen la misma oportunidad de las grandes empresas cuando se presentan en concurso de acreedores. La Ley se aplica sobre las deudas ordinarias y las subordinadas, lo que facilita a los deudores una salida airosa a su situación económica.

Como se puede observar, lo que esta Ley pretende es una especie de justicia social, poniendo en condiciones de igualdad a la persona física con la persona jurídica (concurso de acreedores, quita y espera, etc.). Siguiendo el principio de responsabilidad patrimonial del Código Civil, se trata de que un deudor de buena fe que cae en una grave situación de insolvencia por factores que le son ajenos, pueda comenzar de cero y tener una oportunidad de rehacer su situación.

¿Qué sucede con las hipotecas?

Aunque la totalidad de las hipotecas no reciben el amparo de esta norma, en el caso de que se realice la ejecución hipotecaria y el dinero no sea suficiente para saldar la deuda, la deuda restante sí será posible de exonerar. La consecuencia, si eres el deudor, es que, uniendo la hipoteca y los beneficios de la Ley de segunda oportunidad, entregando la vivienda hipotecada habrás saldado todas las deudas.

Como vemos, con la entrada en vigor de esta Ley de Segunda Oportunidad, la parte proporcional de la hipoteca que no se cubre con la entrega del inmueble sí podría quedar exonerada con los beneficios de dicha ley. Una de las cuestiones que se pretende potenciar es la llamada ‘dación en pago’: se trata de un acuerdo de voluntades realizado entre la entidad financiera acreedora y el deudor titular de un inmueble.

El deudor puede entregar la propiedad a la entidad financiera, tras un informe previo de tasación; a su vez, la entidad lo acepta, extinguiéndose de esta forma la deuda. Como vemos, se trata de una magnífica oportunidad para el deudor, y también una buena solución para la entidad financiera; una solución muy positiva, donde ambas partes ganan.

Requisitos para acogerse a la ley de la Segunda Oportunidad

Fuera del caso excepcional de las hipotecas, existen otras condiciones necesarias para solicitar esta ayuda legal. Todos estos puntos son claves para que el juez correspondiente atienda esta petición. En la práctica, son factores sencillos de cumplir para el deudor.

El Real Decreto 1/2015 de mecanismo de Segunda Oportunidad, reducción de cargas financieras y otras medidas de orden social es la nueva ley para deudores. En su marco se establecen los requisitos y condiciones para que miles de familias españolas puedan salir de sus deudas:

  • Situación de insolvencia actual o inminente
  • Deudas que no superen los 5 millones de euros
  • Actuar de buena fe
  • No ser declarado culpable en el concurso
  • Haber intentado acuerdos extrajudiciales
  • No haber recibido el beneficio de la Segunda Oportunidad en los últimos diez años anteriores a la solicitud
  • No tener condenas por delitos económicos o de falsedad documental en los diez años previos a la presentación

La ley de Segunda Oportunidad para trabajadores autónomos

En el caso de las deudas de los autónomos, si el acuerdo extrajudicial intentado no tiene éxito, y siempre antes de solicitar la exoneración de deudas en base a la Ley de segunda oportunidad, siempre lo procedente es acudirá un concurso de acreedores, de forma voluntaria.

Cuando ya se haya liquidado todo el patrimonio del autónomo en el concurso de acreedores (siempre exceptuando los activos que se consideren esenciales para desarrollar su actividad profesional), y se haya abonado la mayor cantidad de deudas posibles a los deudores, entonces será el momento de solicitar la exoneración de deudas y obtener los beneficios de la Ley de segunda oportunidad.

También en el caso de los autónomos, como acabamos de ver, la Ley de segunda oportunidad es un trámite sencillo y una solución ideal para determinadas situaciones. Una salida muy positiva para el autónomo.

¿Cómo presentar la solicitud?

La solicitud de los beneficios de la Ley de segunda oportunidad debe presentarse ante el juez que haya conocido el proceso de la exigencia de la deuda por el acreedor, o el concurso de acreedores en su caso. Es imprescindible que en el proceso participe un abogado y un procurador, y que además se haya intentado un acuerdo extrajudicial de pago con los acreedores.

La solicitud de este beneficio debe ir acompañada, siempre atendiendo al caso particular, de una propuesta del Plan de Pagos correspondiente. El horizonte temporal de este plan es de cinco años; y a él se compromete a cumplir el deudor.

El proceso para la solicitud es muy sencillo, las solicitudes suelen ser admitidas y la Ley de segunda oportunidad estará en marcha. Legalmente ningún acreedor podrá hacer embargo o solicitud de cancelación de la deuda mientras te encuentres tramitando la Ley desde el momento en el que se consignen los requisitos.

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